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Fideicomiso
Es necesario entender el Fideicomiso como aquella operación
mercantil mediante la cual una persona -física o moral-, llamada
"fideicomitente", transmite a una institución fiduciaria la
propiedad o la titularidad de uno o más bienes o derechos, según sea
el caso, para ser destinados a fines lícitos y determinados,
encomendando ésta a una institución de crédito.
El fideicomiso cuyo objeto recaiga sobre bienes inmuebles deberá
inscribirse en el Registro Público de la Propiedad del lugar en que
los bienes se encuentren ubicados. Una vez extinguido el fideicomiso
los bienes que queden en poder de la institución fiduciaria serán
devueltos al fideicomitente o a sus herederos.
El fideicomisario
Se define como la persona física o moral que recibe el beneficio
derivado de un fideicomiso. En resumen, el nuevo propietario.
El fideicomitente
Es la persona física o moral que constituye un fideicomiso, para
destinar ciertos bienes o derechos a la realización de un fin lícito
y determinado y encarga dicha realización a una institución de
crédito.
El fiduciario
Es la persona encargada por el fideicomitente de realizar el fin del
fideicomiso. El Fiduciario se convierte en el titular del patrimonio
constituido por los bienes o derechos destinados a la realización de
tal finalidad. El fiduciario deberá ser una Institución de Crédito o
Banco.
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